Martes, 09 Abril 2024 10:25

Suiza condenada por el clima

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Suiza condenada por el clima Foto: Archivo.

El tribunal falló a favor de una demanda de una asociación suiza, señalando que la inacción climática va contra los derechos humanos. No obstante, los jueces desestimaron dos casos similares sobre el clima.  

El Tribunal de Estrasburgo emitió este martes (09.04.2024) un fallo histórico a favor de una de las tres demandas planteadas por la acción insuficiente de los Estados para limitar el cambio climático.

En concreto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Suiza por violar el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativo al "derecho al respeto a la vida privada y familiar", en la primera condena a un Estado por su falta de iniciativas para combatir el calentamiento global.

La asociación Klimaseniorinnen (Mayores por el Clima), formada por 2.500 mujeres de 73 años de media, denunciaban que las "deficiencias" de las autoridades helvéticas en materia de protección del clima "perjudican gravemente su estado de salud".

El tribunal señaló que ha habido carencias en la política suiza para cuantificar, mediante la fijación de un precio al carbono o de otra manera, la limitación de sus emisiones de efecto invernadero. En la misma línea, Suiza no respetó en el pasado los objetivos que se había fijado para disminuir esas emisiones.

Sin embargo, los jueces tumbaron la mediática demanda que habían planteado seis jóvenes portugueses contra Portugal, pero también contra 31 otros países europeos a los que pretendían condenar por unas políticas insuficientes para mitigar el cambio climático.

Los jueces desestimaron sus alegaciones sin entrar a examinar el fondo del asunto en primer lugar porque los seis demandantes se saltaron una regla fundamental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que es que hay que agotar las vías de recurso interno del país al que denuncian antes de llevar un caso a Estrasburgo.

Los jóvenes habían argumentado que la urgencia climática les eximía de esa regla jurídica básica, pero el TEDH no aceptó esa tesis.

Igualmente el TEDH señaló que no se puede dictar una política determinada a los Estados sobre lo que tendrían que hacer por los efectos que eso tendrá para personas fuera de su territorio o fuera de su autoridad y su control.

En el caso del exalcalde ecologista de Grande-Synthe, Damien Carême, que llevó a Francia ante la corte europea por inacción climática, este no fue reconocido como víctima, declaró la presidenta del TEDH, Siofra O'Leary.

DW