En este sentido, personal del área de Investigaciones de la Jefatura de Colonia identificó la actividad ilícita y en este marco se realizaron ocho allanamientos y tres inspecciones oculares en la ciudad de Carmelo y en los departamentos de Durazno, Paysandú, Montevideo y Canelones con la colaboración de la Brigada de Seguridad Rural y de las Jefaturas de los departamentos mencionados.
Durante los procedimientos se detuvo a diez personas de entre 26 y 70 años, incautándose: rifles,
escopetas, revólveres, pistolas, un fusil, un arma larga de aire comprimido, y una enorme cantidad de municiones de distinto calibre, balanzas de precisión y materiales para la fabricación de armas y recarga de cartuchos, $35.000 en moneda nacional, Us$ 1.400 dólares, 12 celulares, 87 kilos con 400 gramos de carne de ciervo y jabalí, por lo que tomó intervención la Brigada Departamental de Seguridad Rural.
Estas personas comparecieron ante la Fiscalía de Turno de Carmelo y en las últimas horas el Juzgado Letrado de 3er Turno de Carmelo dispuso las condenas de: O.M.T.V. como autor penalmente responsable de un delito continuado de tráfico interno de municiones en la modalidad de venta, en régimen de reiteración real con un delito de caza abusiva, a la pena de dieciocho meses de prisión efectiva.
A.B.C. como autor penalmente responsable de un delito continuado de tráfico de interno de municiones en la modalidad de fabricación a la pena de doce meses de prisión, los cuales se cumplirán de la siguiente manera: nueve meses de prisión efectiva con descuento de la preventiva sufrida y los tres meses restantes se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
W.J.B.D. como autor penalmente responsable de un delito continuado de tráfico interno de municiones en la modalidad de adquisición a la pena de diez meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
C.A.R.C. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de municiones en la modalidad de adquisición a una pena de nueve meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
A.A.A.V. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de municiones en la modalidad de adquisición a la pena de nueve meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
J.C.S.C. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de municiones en la modalidad de adquisición a la pena de nueve meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
O.R.L.C. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de municiones en la modalidad de suministro a título gratuito a la pena de doce meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
F.V.D. como autor penalmente responsable de un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego y municiones a la pena de seis meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
H.J.M.C. como autor penalmente responsable de un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego y municiones a la pena de seis meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.
H.N.S.S. como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de armas y tenencia no autorizada de armas de fuego y municiones a la pena de seis meses de prisión que se sustituyen por el régimen de libertad a prueba.