En la resolución, Richino asegura, en primer lugar, que la IM lleva un registro de los vehículos que prestan el servicio, de los permisarios y de las plataformas electrónicas que “unan la oferta y la demanda”. Asimismo, sostiene que estos deben entregar mensualmente una declaración jurada con los datos de todos los vehículos que ofrecen el servicio de transporte, los conductores, los permisarios y los viajes con fecha, hora de inicio y kilómetros recorridos con pasajeros.
Agrega que, una vez registradas, se debe asumir la retención del pago del referido canon generado por los vehículos afectados al servicio y su posterior depósito en la cuenta del Fondo de Movilidad, según está contemplado en el artículo 13 del Decreto 36.197.
En este sentido, el abogado señala que, al comparar la información que surge del registro de automóviles autorizados con la enviada por las plataformas para las liquidaciones del canon mensual, se detectó que 137 vehículos realizaron 65.158 viajes sin cumplir con la normativa departamental vigente entre noviembre del 2021 y enero del 2022. “Al no estar registrados ni en consecuencia autorizados a desarrollar la actividad, situación que encuadra en la prohibición prevista.
“El Departamento de Movilidad informa que se ofrece por una red social la posibilidad de incorporarse como permisario para trabajar con una de las plataformas electrónicas, eludiendo el control por parte de esta intendencia, en tanto se encuentra suspendido el ingreso de nuevos permisarios al sistema”, agrega el documento.
Finalmente, Richino resuelve encomendar a la unidad anteriormente mencionada a que radique la denuncia penal de los hechos referidos y que comunique de la situación al Departamento de Movilidad, a las Divisiones de Transporte, Tránsito y pase a la Unidad de Sumario a sus efectos.
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