Esto se debe a que entra en vigencia la ley 20.212 de la Rendición de Cuentas y esto está contemplado en el artículo 312.
"Si te piden la cédula, no necesitás la partida", dice el comunicado del MEC en redes sociales. Este artículo "impide que las oficinas públicas te pidan la partida de nacimiento si te piden la cédula de identidad", remarca.
Esta medida, indica, está enmarcada en el proceso de digitalización y descentralización que lleva adelante la Dirección General del Registro de Estado Civil.
"La cédula alcanza, porque para sacarla hubo que presentar la partida", afirmó el ministro Pablo da Silveira en su cuenta de X.
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