Viernes, 31 Enero 2025 10:50

La IM sobre la situación de las playas

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Frente a la inquietud sobre la calidad del agua, la Intendencia de Montevideo (IM) se comunica a la población que las 19 playas habilitadas cumplen con los estándares de calidad requeridos asegurando su aptitud para el uso recreativo. 

Las 19 playas de Montevideo habilitadas son aptas para baños según la Guía para definir la aptitud y categorización de las playas del Ministerio de Ambiente del año 2021. Los vecinos y vecinas pueden informarse sobre las playas habilitadas y su calidad de agua en la web de la IM.

A pesar de que se bañan más de 10.000 personas por día en las playas habilitadas de Montevideo, a la fecha no se han reportado casos que establezcan relación entre problemas de salud pública y el uso de estas playas.

Asimismo, en la Resolución Nº 852-2020 del Instituto Nacional de Derechos Humanos del año 2020 se explicita que el Ministerio de Salud Pública no ha recibido denuncias por afectación a la salud vinculadas a la contaminación fecal en playas. A través de la vigilancia de brotes de enfermedades de transmisión hídrica que realiza ese Ministerio, no se han identificado estos brotes desde el año 2009.

La IM recuerda que los criterios de evaluación de la aptitud para baños se determinan a nivel nacional.

Cumpliendo con la normativa del Decreto N° 253/79, la Intendencia de Montevideo realiza un monitoreo sistemático de sus playas, para evaluar su calidad y definir su aptitud para baños según los lineamientos de la Dirección Nacional de Control y Evaluación Ambiental (DINACEA) del Ministerio de Ambiente.

A partir de lo establecido en la Resolución MVOTMA S/N del 25 de febrero de 2005, las playas del Uruguay se clasifican en manera general como Clase 3:

“aguas destinadas a la preservación de los peces en general y de otros integrantes de la flora y fauna hídrica, o también aguas destinadas al riego de cultivos cuyo producto no se consume en forma natural o en aquellos casos que siendo consumidos en forma natural se apliquen sistemas de riego que no provocan el mojado del producto”.

Para esta categoría se establece que: "No se deberá exceder el límite de 2000 coliformes fecales termotolerantes (CF)/100 mL en ninguna de al menos 5 muestras, debiendo la media geométrica estar por debajo de 1000 CF/100 mL".

Desde la IM, los resultados también se comparan con el estándar establecido para la Clase 2b, “aguas destinadas a recreación por contacto directo con el cuerpo humano” que establece que:

“No se deberá exceder el límite de 1000 CF/100 mL en ninguna de al menos 5 muestras, debiendo la media geométrica estar por debajo de 500 CF/100 mL”.

Para el cálculo de estas medias geométricas se toman solamente los días considerados representativos, excluyendo las muestras que se toman en las 24 horas posteriores a la ocurrencia de precipitaciones, periodo en el que la recomendación de la Intendencia de Montevideo es de no bañarse.